En La Vanguardia se ha publicado un artículo firmado por Encarna Pérez en la que explica el nuevo problema en el que se ha metido la SGAE. Acostumbrada a ir detrás de todo aquel que a su entender esté difundiendo canciones sin permiso se «olvidó» de cumplir con sus propias directrices al dar permiso para la publicación de sintonías de móvil sin tener la autorización de las discográficas. A continuación el texto que puede leerse en este enlace.
Media docena de músicos españoles, a través de sus editoras, las poderosas EMI y BMG, han entablado la primera batalla legal para hacer valer sus derechos de propiedad en la difusión de su obra a través de nuevos formatos, tales como los móviles o las descargas por internet, que representan ya el 6% del mercado mundial de la música y que están desplazando a toda velocidad a los soportes tradicionales (CD y DVD).
Hasta tal punto esto es así que el grupo La Oreja de Van Gogh acaba de lanzar su disco Guapa antes en soporte móvil que en formato CD, una iniciativa pionera en España. Noes un hecho aislado. El año pasado la venta de música digital facturó en España 40 millones de euros, frente a los 4,5 millones del año anterior, mientras que las ventas de discos bajaron un 6%. Mientras, el negocio de productos para móviles, incluidas las melodías, puede superar este año los 500 millones.
En suma, todos los protagonistas de este sector tienen claro que los nuevos soportes digitales son el futuro de la industria y pugnan por su control, aprovechando los vacíos legales y la ausencia de jurisprudencia sobre los nuevos soportes. Éste es el caso de la demanda planteada por las editoras EMI y BMG.
La historia comienza en el 2000, cuando los principales grupos editores que operan en España – EMI, BMG, Warner Chapell, Universal Music, Soni ATV- se dirigieron a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) para comunicarle su negativa a conceder licencia alguna para la utilización de las obras musicales de sus catálogos en forma de melodías para móviles, conocidas como ringtones,
También se dirigieron a la Asociación de Empresas de Servicios a Móviles (Aesam) para recordarle la ineludible necesidad de solicitar autorización a los editores musicales para comercializar las obras de sus representados. Pese a estos intentos de negociación, en febrero del 2005 Aesam y la SGAE suscribieron un acuerdo, al margen de las editoras, para la explotación de obras musicales como melodías para móviles. El hacha de guerra ya estaba desenterrada o así lo entendieron las editoras. Dos de ellas, EMI y BMG, optaron por dirimir este millonario contencioso en los tribunales.
Ambas editoras entienden, según consta en sus respectivas demandandas, que la SGAE no está autorizada, ni por los autores, ni por los editores, ni tampoco por sus propios estatutos y reglamento, para otorgar licencias generales de melodías para móviles. Y esto es así, porque esta forma de comercialización implica la reproducción parcial de las melodías o en fragmentos inferiores a un minuto cuarenta y cinco segundos; la realización de arreglos musicales sobre dichas obras y su incorporación a una base de datos. Según EMI y BMG, la SGAE sólo puede ceder licencias para grabar las obras musicales de su repertorio tal como fueron creadas. «Entre los derechos confiados a la gestión de la SGAE no se encuentra el derecho de autorizar la transformación de obras para su explotación en forma de ringtones»,señala, en un dictamen incorporado a la demanda, Agustín González, ex director de los servicios jurídicos de la SGAE.
La primera demanda, que ha sido admitida a trámite por el juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid, ha sido interpuesta por EMI Music Publisihing Spain contra Myalertcom en defensa de los derechos sobre sendas obras musicales de los grupos Estopa y OBK. La segunda demanda la formula BMG Music contra Grupo Itouch Movilisto España. BMG tiene los derechos de la obra de Antonio González Flores Isla de Palma y de la célebre Macarena de los Del Río.
Si EMI y BMG ganan este contencioso, la sentencia sentará un importante precedente legal. La SGAE, que percibe el 20% de los ingresos de los autores por gestionar sus derechos, tiene en la difusión a través de los móviles una de sus principales fuentes de ingresos, que podría perder si triunfan las demandas.